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#1
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faros amarillos, son legales?
mas que nada es que como creo que no habra quien me sepa responder es que os fijeis a ver si veis un coche con estos faros y que lleve la ITV en regla mago
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NADA |
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#2
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a mi me hecharon pa atras en el mk1 de mi hermana, de origen frances, por las luces me dijeron q ya no era legal y q pusiese blancas, no me puse a discutir ni a comprobarlo pero me dijeron q no era legal.
pase unas cuanteas veces con luces amarillas y derrepente hara 2 o 3 años me hicieron eso.
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MK2 tdi Mk2 gti MK1 gti MK1 gtd scirocco gli T4 td y la monster Normas del foro FAQ Mecánica |
#3
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Yo le puse unos faros amarillos al rallye y los picoletos me multaron, asi que tu mismo.
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#4
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Si el coche es de origen francés, no me refiero a Peugeot, Renault, Citroën, etc. sino a su destino de venta en el mercado francés, sí son legales en cualquier estado de la UE siempre que fuera su configuración de serie.
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#5
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Recuerdo que en pieldetoro.net hubo un post con información al respecto. También en Motor Clásico salió una noticia sobre ese detalle, pero hace muchísimo de ello, no sabría decirte cuándo para buscarlo.
En cualquier caso, si tu duda es "existencial" en el sentido de que te hayan tirado en la ITV y quieres ganar la partida, la solución está en Homologastur |
#6
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BUENO bueno aun no he hecho nada ilegal,
lo que ocurre es que como sabeis tengo relacion con diferentes clubes franceses y a veces hay algun coche en oferta que la verdad son tentadores pero despues de haber tenido un pequeño tropiezo.... antes de lanzarme he de estudiar todos detalles hasta los mas minimos por esto que he preguntado aqui Antes de intentar homologar unos faros amarillos por supuesto intentaria cambiarlos a blanco por cualquier medio (incluso adaptando otros de otro modelo), en cualquier caso gracias por las respuestas y por vuestras experiencias mago
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NADA |
#7
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Aquí dejo lo que la ley dice, y textualmente dice que todo automóvil de forma obligatoria debe montar luces de cruce y carretera de color BLANCO...
http://www.autocity.com/tramites_dgt...o10.html?cat=8 Salvo: "con excepción de los reseñados en las tablas siguientes" (1) En función de las categorías y de la reglamentación vigente. Como la reglamentación no puede ser en materia física de homologación con carácter retroactivo, es decir, los legisladores no pueden obligar a montar algo distinto en un automóvil ya homologado y vendido de una determinada forma, pues todo vehículo que en origen tuviera iluminación de cruce y carretera amarilla podría conservarla sin problemas. Además, si te fijas en el apartado "Luz antiniebla delantera" todavía está contemplado el color "amarillo selectivo" distinguiéndolo del "amarillo auto" correspondiente a los intermitentes. Mi recomendación es que si te gusta la estética y se trata de algún modelo que en Francia se comercializase con luces amarillas, las montes, te imprimas toda la documentación sobre el asunto y las lleves tan contento. |
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